En Colombia desde el año de 1981 se celebra el 4 de noviembre como el DÍA NACIONAL DEL ADMINISTRADOR DE EMPRESAS.
El día 4 de noviembre mediante La Ley 60 de 1981 se reconoce la profesión de Administración de Empresas y se dictan normas para su ejercicio en el país.
La ley 60 de 1981 en su Artículo 1°, define la Administración de Empresas como, "la implementación de de los elementos de los elementos y procesos encaminados a planear, organizar, dirigir y controlar toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios".
El Artículo 2° "Reconoce la Administración de Empresas como una profesión a nivel superior universitario y de carácter científico cuyo ejercicio en el país queda autorizado y amparado por medio de la presente ley".
Igualmente se estableció (Artículo 4°) que para ejercer la profesión de Administrador de Empresas en el territorio de República, se deberán llenar los siguientes requisitos:
- Título Profesional, expedido por la Institución de Educación Superior aprobada por el Gobierno Nacional.
- Matrícula Profesional, expedida por el Consejo Profesional de Administración de empresas.
El Artículo 10° de la ley 60 de 1981, dice: " A quien ejerza ilegalmente la Profesión de Administrador de Empresas, se le sancionará con multas sucesivas de acuerdo con la reglamentación que al respecto dicte el Gobierno Nacional.
Lo más importante el Artículo 13° (sin reglamentar) establece que "El Gobierno teniendo en cuenta el carácter de contenido social y humanístico de la Administración de Empresas, podrá reglamentar el servicio social obligatorio para los profesionales de la Administración de Empresas, cuando las necesidades de la comunidad lo aconsejen."
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